Repercusiones legales de los atentados de París

Los sucesos acaecidos en París el pasado 13 de noviembre, han dado lugar a una serie de consecuencias jurídicas tanto en el marco interno, referente al estado de excepción previsto en la Constitución Francesa, como en el internacional.

Francia invoca el artículo 42.7 del Tratado de la Unión Europea en materia de defensa colectiva por el que los miembros de la Unión Europea deben ayudarse en caso de atentado (“agresión armada”). Según El artículo 42.7 del tratado de la UE “Si un Estado miembro es objeto de una agresión armada en su territorio, los demás Estados miembros le deberán ayuda y asistencia con todos los medios a su alcance, de conformidad con el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas.” Los 28 han aceptado en Bruselas aplicar este artículo, en nombre de Francia.

Por otro lado, Francia podría activar el artículo 5 de la Alianza Atlántica, pero hasta el momento no lo ha hecho. En caso de producirse, esté será una decisión que requeriría el acuerdo de los 28 miembros que integran la OTAN. Si se aplicara este artículo, el nivel de implicación de España aumentaría junto a los países miembros en la lucha contra el “Daesh”.

El artículo 5 del Tratado del Atlántico Norte señala que “Las Partes convienen en que un ataque armado contra una o varias de ellas, ocurrido en Europa o en América del Norte, será considerado como un ataque dirigido contra todas, y, en consecuencia, convienen en que si tal ataque se produce, cada una de ellas, en el ejercicio del derecho de legítima defensa, individual o colectiva, reconocido por el art. 51 de la Carta de las Naciones Unidas, asistirá a la Parte o Partes atacadas tomando individualmente, y de acuerdo con las otras, las medidas que juzgue necesarias, comprendido el empleo de las fuerzas armadas para restablecer la seguridad en la región del Atlántico Norte.

Todo ataque armado de esta naturaleza y todas las medidas tomadas en consecuencia, serán puestos inmediatamente en conocimiento del Consejo de Seguridad. Estas medidas acabarán cuando el Consejo de Seguridad haya tomado las necesarias para restablecer y mantener la paz y la seguridad internacionales.”

Otra de las consideraciones legales a las que debemos prestar atención es la declaración de estado de emergencia y de guerra. El ejecutivo francés ha declarado el estado de emergencia en todo el territorio tras conocer el múltiple ataque. Según la Ley de Estado de Emergencia francesa de 1955, tal declaración permite la aplicación de medidas extraordinarias en aquellos casos de “peligro inminente resultante de ataques graves de orden público, o en el caso de eventos que representan, por su naturaleza y gravedad, el carácter de calamidad pública”. Bajo este estado la ley faculta a las autoridades para adoptar medidas que, en definitiva, extreman la seguridad nacional, como la restricción de la circulación de personas sospechosas, la ejecución de registros las 24 horas del día o la asignación de residencias forzadas a los sospechosos.

La duración del Estado de emergencia se limita a doce días y su prolongación deberá ser posteriormente aprobada por ley en el parlamento. Por el momento, el mandatario francés ha manifestado su intención de modificar la constitución con el fin de extender el periodo de aplicación del mencionado estado hasta 3 meses. Además, la modificación buscaría ampliar las capacidades policiales para la vigilancia de sospechosos, endurecer las penas y ampliar las competencias del Ejecutivo bajo el estado de emergencia. Según el medio de comunicación galo France24, el país no había vuelto a aplicar el estado de emergencia desde las revueltas de 2005 a las afueras de la capital.

El artículo 16 de la Constitución francesa otorga a Hollande la facultad para adoptar las medidas que estime convenientes sin refrendo del Gobierno, previa consulta oficial y no pública con el Primer Ministro, los Presidentes de las Cámaras y el Consejo Constitucional, con la única obligación la de Informar de ello a la Nación por medio de un mensaje.

En Francia, el estado de sitio, débilmente previsto en el artículo 36 de la constitución supone que la autoridad militar ostenta los poderes de policía y de mantenimiento del orden. El mismo será proclamado por Decreto del Consejo de Ministros por un tiempo limitado (12 días) prorrogable por el Parlamento. Además la Constitución francesa no recoge límites explícitos en su ejercicio.

Cabe distinguirlo del estado de emergencia, que se declarará por decreto del Consejo de Ministros. Además, a diferencia del estado de emergencia, el de sitio conlleva la cesión absoluta del poder a los militares. En este sentido y según el diario El País, el presidente Hollande ha descartado relegar la autoridad en el ejército al considerar que “estamos en una nueva era.

Lola Martín de Saavedra, María Gaytán de Ayala, Miguel Vicoso, Patricia García

 

Sobre el Autor

Redactora jefe de Europea Media y Europea News.

En europeamedia.es usamos cookies propias y de terceros para el funcionamiento de la web, mostrar contenido multimedia, crear estadísticas de uso para luego mostrar publicidad. Consulta nuestra Política de Cookies, ya que si continuas la navegación consientes tácitamente su uso. AceptarPrivacy & Cookies Policy